Si desaparece el IFT, ¿qué pasará con las concesiones y autorizaciones que emitió?

En medio de las reformas constitucionales que está llevando a cabo el Congreso de México en este 2024, las empresas del sector de telecomunicaciones y radiodifusión han expresado cierta inquietud sobre el futuro de los permisos, concesiones y autorizaciones que han obtenido del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

La principal preocupación es si estas concesiones dejarán de ser válidas si las funciones del IFT son transferidas nuevamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), como sugiere la reforma. La respuesta breve es: No, las concesiones y permisos emitidos seguirán siendo válidos. A continuación, te explicamos por qué.

1. Breve historia de las concesiones en México

Antes de la creación del IFT, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT, ahora SICT) era la autoridad encargada de otorgar permisos y concesiones en materia de telecomunicaciones. Desde 1976, la SCT tenía la facultad de emitir estos documentos, que permitían a las empresas explotar sistemas de radiodifusión, telecomunicaciones inalámbricas y otros servicios técnicos relacionados.

Con la creación de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL) en 1996, aunque este organismo emitía opiniones sobre las concesiones, la SCT seguía siendo la entidad final responsable de su otorgamiento.

2. El papel del IFT desde 2013

En 2013, México realizó una reforma constitucional que trasladó las facultades de la SCT al recién creado Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Este cambio fue parte de una serie de modificaciones importantes que buscaban despolitizar y modernizar el sector de las telecomunicaciones. En consecuencia, todas las concesiones y permisos que previamente habían sido emitidos por la SCT continuaron siendo válidos y comenzaron a ser administrados por el IFT a partir de su creación en 2014.

3. Transición de las concesiones

Un ejemplo claro de la continuidad de las concesiones otorgadas por la SCT, aún tras la creación del IFT, es el caso de TELMEX. El 1 de abril de 1998, la SCT otorgó a TELMEX una concesión por un plazo de 20 años para la explotación de servicios de telecomunicaciones. Al finalizar este plazo en 2018, TELMEX solicitó una prórroga de la concesión, que había sido originalmente otorgada por la SCT. A pesar de haber sido emitida por otra autoridad, el 10 de diciembre de 2019, el IFT autorizó la prórroga, reconociendo la validez de la concesión que TELMEX había obtenido de la SCT.

Este caso es solo uno de muchos ejemplos en los que concesiones otorgadas por la SCT fueron respetadas y prorrogadas por el IFT, demostrando que el cambio de organismo no afecta los derechos adquiridos de las empresas concesionarias.

4. ¿Qué sucede con la nueva reforma constitucional?

La reforma constitucional que actualmente se discute tiene como objetivo transferir nuevamente algunas de las facultades del IFT a la SICT, como la gestión de concesiones y permisos en telecomunicaciones y radiodifusión. Sin embargo, este posible cambio no afectará la validez de las concesiones que ya han sido emitidas por el IFT. Al igual que ocurrió cuando estas facultades pasaron de la SCT al IFT, el marco jurídico y regulatorio continuará respetando los derechos adquiridos por las empresas que han recibido estos documentos.

5. Las continuidad de las concesiones del IFT

Si la reforma se consuma y las facultades del IFT regresan a la SICT, los permisos, concesiones y autorizaciones emitidos por el IFT continuarán siendo válidos. Esto se debe a que dichos documentos fueron emitidos por una autoridad competente, conforme a las leyes y regulaciones vigentes en su momento. La SICT, como nuevo administrador, deberá respetar el uso, aprovechamiento y explotación de estos recursos, tales como el espectro radioeléctrico y las vías generales de comunicación.

6. Desaparición del IFT ¿posible vacio legal?

De igual manera, en el caso en que las facultades del IFT regresaran a la SICT, esto no significa que los concesionarios actuales puedan dejar de cumplir con sus obligaciones. Todos aquellos que posean permisos, concesiones y autorizaciones en vigor seguirán sujetos a las responsabilidades que impone la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. La desaparición del IFT no exime a los concesionarios de sus compromisos actuales, simplemente el seguimiento de estos pasará a manos de la SICT.

Es crucial destacar que la reforma no abre la puerta para que quienes aún no se han regularizado en materia de telecomunicaciones y radiodifusión continúen operando en la ilegalidad. No deben interpretarse los cambios en la estructura regulatoria como una falta de vigilancia o cumplimiento. Aunque el IFT podría dejar de existir y sus funciones regresar a la SICT, esto no significa que las disposiciones legales dejarán de aplicarse.

Por el contrario, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión seguirá plenamente en vigor, estableciendo el marco jurídico que regula el sector. Todos los concesionarios y operadores deben cumplir con las obligaciones que establece esta ley, y la SICT asumirá la responsabilidad de supervisar que se cumplan. Esto implica que las empresas que no cuenten con permisos, concesiones o autorizaciones válidas no podrán seguir operando de manera irregular.

La reforma no elimina las sanciones ni los procesos de regulación. Quienes no estén regularizados seguirán sujetos a las mismas disposiciones legales, enfrentando sanciones severas por operar sin autorización. La SICT se encargará de velar por el cumplimiento estricto de la normativa, aplicando las mismas medidas que actualmente impone el IFT. Esto asegura que el orden y la legalidad en el sector se mantengan, independientemente del organismo que esté a cargo de su supervisión.

7. Conclusión

A pesar de los cambios que puedan surgir con las reformas constitucionales en materia de telecomunicaciones, las empresas del sector pueden tener la certeza de que sus concesiones, permisos y autorizaciones seguirán siendo plenamente válidos. La transferencia de facultades del IFT a la SICT no afectará los derechos adquiridos por los concesionarios ni alterará el marco normativo vigente, en virtud de que el orden jurídico mexicano protege estos derechos adquiridos pues el cambio de autoridad no implica la cancelación de estos documentos.

Por otra parte el cumplimiento de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión continuará siendo obligatorio, y todo apunta a que la SICT será la entidad encargada de asegurar su correcta aplicación y supervisar que todos los operadores, tanto los regulares como aquellos que actúan fuera de la legalidad, cumplan con sus obligaciones.

Se insiste en que la desaparición del IFT no implica un vacío en la regulación o una oportunidad para operar sin permisos. Las obligaciones actuales permanecerán vigentes y serán estrictamente vigiladas por la posible SICT, quien mantendrá el orden y la legalidad en el sector. En este sentido, las empresas deben sentirse tranquilas, pues el Estado seguirá garantizando un entorno regulado y transparente para la operación de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.

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